SE PROORROGA LA FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO SANCIONAR DETERMINADAS INFRACCIONES VINCULADAS A LA EMISIÓN DE GUÍAS DE REMISIÓN
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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N° 42-2023-SUNAT-7T0000
FECHA DE PUBLICACIÓN: 24.12.2023
FECHA DE VIGENCIA: 25.12.2023
Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 42-2023-SUNAT/700000 se prorroga la facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario, relacionadas con la emisión de las guías de remisión electrónicas y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, que sean detectadas hasta el 30 de junio de 2024.
Cabe precisar que dicha prerrogativa fue inicialmente aprobada mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 52-2022-SUNAT/700000 de fecha 29 de diciembre de 2022.
Por otro lado, mediante la presente resolución se eliminan los supuestos para la aplicación de la facultad discrecional vinculados a transportistas y remitentes no obligados a emitir la guía de remisión electrónica, que portan una guía de remisión, en formato impreso o importado, emitida de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago, cuando se omiten los requisitos de validez establecidos en la Resolución de Superintendencia N° 123-2022/SUNAT, la cual modificó la normativa sobre guías de remisión.
Link de Resolución RSNATI 42-2023-SUNAT_7T0000