AMPLÍAN FACULTAD DISCRECIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES RELACIONADAS A LIBROS Y REGISTROS TRIBUTARIOS LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA |
Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N°000017-2024-SUNAT/700000
FECHA DE PUBLICACIÓN: 08.05.2024
FECHA DE VIGENCIA: 09.05.2024
Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N°000017-2024-SUNAT/700000 se amplió la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones dispuesta en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000039-2023-SUNAT/700000, incluyendo las infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, para:
- Incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los periodos abril, mayo, junio y julio de 2024.
- Prorrogar el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) del 30 de abril 2024 hasta el 31 de agosto de 2004.