Deducción de gastos por consumo en restaurantes, por personas naturales

 

Soy un gran impulsor del sistema que fue implementado hace unos años y que permite a las personas naturales, trabajadores dependientes o independientes, deducir de su impuesto a la renta anual un porcentaje de ciertos consumos, entre ellos restaurantes. Lo señalo en círculos amicales y profesionales al frecuentar estos locales o en chats, recordando que pueden pedir la boleta con DNI, porque en mi experiencia no es muy conocido.

Me consta que la SUNAT lo ha difundido, pero es claro que falta. No solo eso, ha puesto a disposición una app, la APP Personas, que permite hacer seguimiento en un plazo relativamente corto de estos gastos (si no la tienen, bájenla, es muy útil).

Pero esta App revela también otros problemas adicionales a la difusión, que son ya de estructura legal del sistema y que terminan menoscabando su propósito. Por que en nuestro país el permitir la deducción de estos gastos a las personas no responde al criterio de gastos necesarios para ejercicio laboral o para subsistencia, sino a combatir la informalidad en ciertos sectores económicos, mediante un incentivo para que los consumidores finales pidan comprobante de pago.

Pasa hoy que cuando uno verifica en la App, muchas boletas solicitadas no aparecen. En mi experiencia personal, mas o menos un tercio. Si no aparecen automáticamente, la App permite introducirlas manualmente, pero un mensaje común que se recibe ante eso es que la empresa emisora no tiene como CIIU principal y secundario exclusivamente el rubro «restaurantes». En 2020 se introdujo este requisito buscando evitar que cines, teatros y similares, que expenden comidas y bebidas de forma colateral al negocio principal, quedaran incluidas, pero en la práctica muchos negocios que son evidentemente restaurantes quedan también fuera. Si se supera ese aspecto, también se puede recibir como mensaje que el local no ha informado la boleta a SUNAT.

La persona que pide la boleta ve que un buen porcentaje de sus consumos no son deducibles, por causas que le son ajenas y sin mucho que hacer al respecto. Contradictoriamente, se pide que sea el negocio cuya informalidad se busca controlar, quien regularice o modifique su CIIU o quien informe a SUNAT las boletas, pero ¿que incentivo tiene para eso? ¿no era la causa del sistema que tienen altos niveles de informalidad? ¿porque entonces cumplirían con formalidades? Si el sistema fuera un perro, estos requisitos motivan que se muerda la cola.

Si el Estado es serio en controlar informalidad mediante este sistema, debe buscar salvar sus inconvenientes de otra forma, asumiendo él mismo la labores de control, no limitando el incentivo para quienes realmente están en posición de apoyarlo.

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ZUZUNAGA & ASSERETO ABOGADOS