¿Feliz porque el Drawback no cambia? Cuidado, no todo lo que brilla es oro.
Anticipamos meses atrás que la novela del Drawback podía terminar en que cancelarían su ya regulada transformación:https://lnkd.in/eCPQDit8 y, como ya se sabe, esa cancelación ocurrió a fines del mes pasado.
La motivación sugiere que este giro de 180 grados en la decisión del Gobierno es coyuntural y obecede al convulso escenario internacional por las agresivas políticas arancelarias que están tomando otros países, particularmente EEUU. Me inclino a pensar que es un retroceso más permanente y que su causa está mucho más en factores internos de los sectores económicos afectados, que en los alegados factores externos. El tiempo lo dirá y, mientras tanto, tendremos que estar, como siempre, a la expectativa de lo que ocurra y listos para las sorpresas.
Pero si vislumbrar el futuro del Drawback puede requerir de ejercicios estimativos y un poco de artes adivinatorias, hay factores de riesgo asociados concretos que sí pueden y deben ser controlados por quienes hoy celebran su resucitación, porque con el Drawback se debe tener cuidado, si no se quiere ir por lana y salir trasquilado.
La Casación adjunta es una muestra clara de ello. En el caso, a la empresa afectada le desconocieron la deducción de parte de sus gastos para efectos del Impuesto a la Renta. ¿La razón? el ingreso que recibió por Drawback fue considerado una renta inafecta, por lo que los costos y gastos asociados no pueden ser deducidos. La empresa sostuvo que los únicos gastos asociados al ingreso por Drawback fueron de asesoría legal y tramitación, pero todas las instancias administrativas y judiciales, incluyendo la Corte Suprema, lo desestimaron, argumentando que la empresa no hizo un análisis detallado gasto por gasto para identificar aquellos destinados a generar renta gravada y aquellos destinados a generar renta inafecta, por lo que no demostró que los gastos alegados fueran los únicos asociados al Drawback. Como consecuencia de ello, validaron que se aplique una prorrata sobre todo gasto administrativo, excepcional y financiero y validaron que, en el caso concreto, el 7% de todos esos gastos no fuera deducible. Como la empresa sí los dedujo, la contingencia se vió incrementada por multas e intereses.
SUNAT perdió su lucha por que el Drawback sea considerado renta gravada y también por desconocer parte del costo de los bienes por la restitución de aranceles, pero ha ganado que el Drawback impacta la deducción de gastos generales y la carga probatoria que resulta exigible para evitarlo.
Este análisis gasto por gasto se convierte, por tanto, en una formalidad más de las muchas que un beneficiario de Drawback debe atender si quiere evitar contingencias que pueden transformar el beneficio en perjuicio. A tenerlo en cuenta y prevenir, para luego no lamentar.
Anticipamos meses atrás que la novela del Drawback podía terminar en que cancelarían su ya regulada transformación:https://lnkd.in/eCPQDit8 y, como ya se sabe, esa cancelación ocurrió a fines del mes pasado.
La motivación sugiere que este giro de 180 grados en la decisión del Gobierno es coyuntural y obecede al convulso escenario internacional por las agresivas políticas arancelarias que están tomando otros países, particularmente EEUU. Me inclino a pensar que es un retroceso más permanente y que su causa está mucho más en factores internos de los sectores económicos afectados, que en los alegados factores externos. El tiempo lo dirá y, mientras tanto, tendremos que estar, como siempre, a la expectativa de lo que ocurra y listos para las sorpresas.
Pero si vislumbrar el futuro del Drawback puede requerir de ejercicios estimativos y un poco de artes adivinatorias, hay factores de riesgo asociados concretos que sí pueden y deben ser controlados por quienes hoy celebran su resucitación, porque con el Drawback se debe tener cuidado, si no se quiere ir por lana y salir trasquilado.
La Casación adjunta es una muestra clara de ello. En el caso, a la empresa afectada le desconocieron la deducción de parte de sus gastos para efectos del Impuesto a la Renta. ¿La razón? el ingreso que recibió por Drawback fue considerado una renta inafecta, por lo que los costos y gastos asociados no pueden ser deducidos. La empresa sostuvo que los únicos gastos asociados al ingreso por Drawback fueron de asesoría legal y tramitación, pero todas las instancias administrativas y judiciales, incluyendo la Corte Suprema, lo desestimaron, argumentando que la empresa no hizo un análisis detallado gasto por gasto para identificar aquellos destinados a generar renta gravada y aquellos destinados a generar renta inafecta, por lo que no demostró que los gastos alegados fueran los únicos asociados al Drawback. Como consecuencia de ello, validaron que se aplique una prorrata sobre todo gasto administrativo, excepcional y financiero y validaron que, en el caso concreto, el 7% de todos esos gastos no fuera deducible. Como la empresa sí los dedujo, la contingencia se vió incrementada por multas e intereses.
SUNAT perdió su lucha por que el Drawback sea considerado renta gravada y también por desconocer parte del costo de los bienes por la restitución de aranceles, pero ha ganado que el Drawback impacta la deducción de gastos generales y la carga probatoria que resulta exigible para evitarlo.
Este análisis gasto por gasto se convierte, por tanto, en una formalidad más de las muchas que un beneficiario de Drawback debe atender si quiere evitar contingencias que pueden transformar el beneficio en perjuicio. A tenerlo en cuenta y prevenir, para luego no lamentar.
#impuestos #tributario #drawback