Hay sentencias que sorprenden y esta Casación sobre gastos deducibles es una.
En gran resumen, la Corte Superior y la Suprema le dan razón a SUNAT ahí donde ésta había aceptado un error y, por ello, le conceden su pedido. ¿Como así?
En el caso, SUNAT cuestionó la deducción de un gasto por parte de una empresa minera, el concepto: «Stand by – Problemas sociales», traducido, según la empresa, en servicios de alimentación y transporte de personal que, se entiende, se prestaban durante una paralización de labores.
Durante la fiscalización SUNAT pidió documentación sobre fehaciencia y causalidad del gasto, emitiendo varios requerimientos en los que no encontraba convicción en el sustento presentado por la empresa. Al final, en su RD señaló expresamente que el contribuyente había sustentado la prestación del servicio (fehaciencia), pero no cómo se calculó, en que se basó ni que tipo de obligaciones generaban los costos por Stand By. Cuestionó, por tanto, el sustento sobre la necesidad y la obligación del gasto incurrido (causalidad).
Ya en reclamación, SUNAT resuelve la controversia declarando que no se había acreditado la fehaciencia del servicio. La empresa reclama afirmando que SUNAT ha cambiado el sustento del reparo, pasando de causalidad a fehaciencia, y el Tribunal Fiscal (TF) le da razón, revocando el reparo.
SUNAT recurre al Poder Judicial (PJ), reconociendo tácitamente que cambió el sustento, pues su pretensión, basada en el art. 150 del CT, fue que ante la nulidad el TF debía resolver sobre el fondo o reponer la instancia y darle oportunidad de subsanar, no cuestionó que hubiera cambio en el sustento.
Pese a ello, el PJ concluye, de evaluar el expediente, que SUNAT requirió y formuló preguntas y que realizó ciertas afirmaciones durante la fiscalización que denotan que siempre cuestionó la fehaciencia, así que no hubo cambio de sustento de reparo.
Lo que SUNAT no pidió, las Cortes se lo conceden, los errores de SUNAT pueden ser convalidados así los admita. Por añadidura, en las sentencias se cuestiona al Glosario de Fallos del TF y se invoca a corregirlo. En concreto, se cuestiona que ante una nulidad por cambio de sustento se emita un fallo revocatorio sin pronunciamiento de fondo. Estos hechos abonan seriamente a la impredictibilidad de los procesos tributarios.
¿Que puede hacer el contribuyente? Una palabra: Prevenir. El Stand by son costos adicionales asociados a un servicio o negocio, de carácter eventual, pero que siempre pueden ocurrir. Preverlos en los contratos (por ejemplo, como un precio adicional si la eventualidad ocurriera) les da base. Documentar su fórmula de cálculo y las características de su ejecución, generando los documentos de soporte asociados a esa ejecución, les dará causa y verosimilitud.
En la prevención, alto estándar probatorio asumido y debida preparación para la fisca, no en errores de SUNAT, está la defensa sólida.
En el caso, SUNAT cuestionó la deducción de un gasto por parte de una empresa minera, el concepto: «Stand by – Problemas sociales», traducido, según la empresa, en servicios de alimentación y transporte de personal que, se entiende, se prestaban durante una paralización de labores.
Durante la fiscalización SUNAT pidió documentación sobre fehaciencia y causalidad del gasto, emitiendo varios requerimientos en los que no encontraba convicción en el sustento presentado por la empresa. Al final, en su RD señaló expresamente que el contribuyente había sustentado la prestación del servicio (fehaciencia), pero no cómo se calculó, en que se basó ni que tipo de obligaciones generaban los costos por Stand By. Cuestionó, por tanto, el sustento sobre la necesidad y la obligación del gasto incurrido (causalidad).
Ya en reclamación, SUNAT resuelve la controversia declarando que no se había acreditado la fehaciencia del servicio. La empresa reclama afirmando que SUNAT ha cambiado el sustento del reparo, pasando de causalidad a fehaciencia, y el Tribunal Fiscal (TF) le da razón, revocando el reparo.
SUNAT recurre al Poder Judicial (PJ), reconociendo tácitamente que cambió el sustento, pues su pretensión, basada en el art. 150 del CT, fue que ante la nulidad el TF debía resolver sobre el fondo o reponer la instancia y darle oportunidad de subsanar, no cuestionó que hubiera cambio en el sustento.
Pese a ello, el PJ concluye, de evaluar el expediente, que SUNAT requirió y formuló preguntas y que realizó ciertas afirmaciones durante la fiscalización que denotan que siempre cuestionó la fehaciencia, así que no hubo cambio de sustento de reparo.
Lo que SUNAT no pidió, las Cortes se lo conceden, los errores de SUNAT pueden ser convalidados así los admita. Por añadidura, en las sentencias se cuestiona al Glosario de Fallos del TF y se invoca a corregirlo. En concreto, se cuestiona que ante una nulidad por cambio de sustento se emita un fallo revocatorio sin pronunciamiento de fondo. Estos hechos abonan seriamente a la impredictibilidad de los procesos tributarios.
¿Que puede hacer el contribuyente? Una palabra: Prevenir. El Stand by son costos adicionales asociados a un servicio o negocio, de carácter eventual, pero que siempre pueden ocurrir. Preverlos en los contratos (por ejemplo, como un precio adicional si la eventualidad ocurriera) les da base. Documentar su fórmula de cálculo y las características de su ejecución, generando los documentos de soporte asociados a esa ejecución, les dará causa y verosimilitud.
En la prevención, alto estándar probatorio asumido y debida preparación para la fisca, no en errores de SUNAT, está la defensa sólida.
#impuestos #tributario #gastos #minería
LINK: CASACIÓN N° 21612-2024 LIMA