Opción tributaria para la caja en contexto de crisis

 

Estamos en recesión y las medidas de coyuntura no han tardado en aparecer, el Congreso ya aprobó por amplia mayoría un proyecto para ampliar el plazo de la declaración jurada y pago del Impuesto a la Renta de personas naturales y mypes, por ejemplo, pero eso es para marzo o abril de 2024 y solo servirá en algo para quienes obtengan renta en el año.

Pero hay opciones al alcance de todas las empresas, no solo mypes, que además tienen un impacto más inmediato en la caja, como la suspensión de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (que son los que afectan la caja en el corto plazo) acompañada de la compensación de saldos por pagos a cuenta en exceso de años anteriores, contra otros tributos como el IGV.

En este contexto de crisis, cabe recordar que en 2019 el Tribunal Fiscal emitió la jurisprudencia de observancia obligatoria adjunta, por la cual validó la aplicación de saldos por pagos a cuenta del IR en exceso de años anteriores, que no hayan sido solicitados en devolución, contra otros tributos administrados por SUNAT, lo que venía siendo negado por SUNAT cuando le era solicitado.

Toda empresa, si se encuentra en la situación de tener un saldo en exceso de pagos a cuenta del IR sin aplicación, puede solicitar esa compensación, obteniendo un alivio de caja en corto plazo. Requiere el trámite ante SUNAT y una planificación asociada en cuanto a tiempos para evitar complicaciones, pero es factible y puede resultar muy útil.

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Descargar TRIBUNAL FISCAL N° 08679-3-2019

ZUZUNAGA & ASSERETO ABOGADOS