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Informativo Tributario

SE MODIFICA LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO PARA PRORROGAR LA VIGENCIA DE LAS EXONERACIONES PREVISTAS EN SUS APÉNDICES I Y II

 

Ley N° 32542

FECHA DE PUBLICACIÓN: 31.12.2025
FECHA DE VIGENCIA: 01.01.2026

Mediante la Ley N° 32542, se ha modificado el artículo 7° de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (IGV e ISC) para prorrogar la vigencia de las exoneraciones previstas en sus Apéndices I y II hasta el 31 de diciembre de 2028

Como indican los antecedentes de la Ley, el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC contiene una lista de bienes cuya venta interna o importación se encuentran exonerada del impuesto. Esta lista comprende, principalmente, productos primarios destinados al consumo doméstico directo, insumos para el agro, materias primas y productos intermedios para la industria textil, entre otros.

También se indica en los antecedentes de la Ley que el Apéndice II de la Ley del IGV e ISC contiene una serie de servicios que gozan de la misma exoneración, la cual se basa en razones de carácter social, cultural, de fomento a la construcción y vivienda, al ahorro e inversión en el país o de facilitación del comercio exterior.

 

Link: Ley N 32542

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