ZOFRATACNA vs. Régimen MYPE Tributario: no se puede estar en misa y en procesión. Hay que elegir.

Hace unos días, en una entrevista para Diario Gestión con motivo del Infome SUNAT adjunto, me preguntaron qué le conviene más a una MYPE: ¿seguir en el Régimen MYPE Tributario (RMT) u optar por la Zona Franca de Tacna (ZOFRATACNA)?

La respuesta corta, en cristiano: o es uno, o es el otro. Y la conveniencia depende de lo que haces y dónde operas.

¿Qué significa esto, sin tecnicismos?

ZOFRATACNA es un régimen especial más potente en beneficios: exoneración del Impuesto a la Renta, IGV, ISC y todo tributo en general (salvo Essalud y tasas). Pero el beneficio solo aplica a las actividades para las que fuiste autorizado por la administración de ZOFRATACNA. Ni más, ni menos.

RMT es un régimen del Impuesto a la Renta con tratamiento reducido (no es exoneración) y no alcanza a otros tributos.

Entonces, ¿qué conviene?

Si eres MYPE y tu negocio encaja con las actividades permitidas en ZOFRATACNA (industrial, agroindustrial, maquila, ensamblaje, reparación, mantenimiento, almacenamiento, embalaje, envasado, etiquetado, distribución, etc.) y puedes ser usuaria autorizada → ZOFRATACNA suele ganar por amplitud de beneficios. Como dice el refrán: donde hay pan, mejor es pan que migas.

Si no operas dentro del ámbito/actividades de ZOFRATACNA, o tu operación es más comercial y dispersa, el RMT puede ser el carril más razonable.

El detalle que muchos pasan por alto (y que te puede costar caro). En ZOFRATACNA, solo las actividades autorizadas gozan de exoneración.
Si amplías el giro y haces otras operaciones no autorizadas, esas rentas caen en el régimen general (y no puedes “refugiarte” en el RMT porque son incompatibles). El que mucho abarca, poco aprieta.

¿Por qué hubo confusión? ¿que motivó la consulta a SUNAT?

El RMT existe desde 2016 e impide superponer beneficios con regímenes especiales.

Recién en 2019 y 2021 se reforzó el marco para que las MYPE puedan ser usuarias de ZOFRATACNA. Eso llevó a la pregunta: “Si soy MYPE en RMT, ¿puedo ir a la zona franca?”

SUNAT aclara: sí puedes ir a ZOFRATACNA, pero al entrar sales del RMT. O uno, o el otro.

Moraleja

Si estás evaluando ZOFRATACNA, haz este check:

Actividad: ¿Tu giro está dentro de la lista permitida?
Autorización: ¿Puedes calificar y firmar contrato como usuaria?
Disciplina operativa: ¿Puedes limitarte a lo autorizado (y documentarlo bien)?

Si marcas los tres, ZOFRATACNA probablemente sea el camino ganador.

Si no, mejor optimiza en RMT y evita riesgos.

Conclusión: En tributación, la cancha manda el juego. Elige el régimen que calza con tu operación real, no el que suena mejor en el papel.

Pueden acceder al artículo de Gerardo André Rosales Diaz, a quien agradezco por recoger mis opiniones sobre este tema, aquí: https://lnkd.in/ezK6s5dF

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LINK: INFORME N.º 000003-2026-SUNAT/7T0000

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