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  SE ACTUALIZA MONTOS FIJOS VIGENTES APLICABLES A BIENES SUJETOS AL SISTEMA ESPECÍFICO DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°030-2024-EF/15

FECHA DE PUBLICACIÓN: 30.01.2024

FECHA DE VIGENCIA: 30.01.2024

En el Anexo de la norma bajo comentario se señalan los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Específico, contenidos en el Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF, vigentes a partir del 01 de marzo de 2024, conforme al siguiente detalle:

Con relación al literal B, que se refiere a los productos afectos a la aplicación de monto fijo:

PARTIDAS ARANCELARIAS PRODUCTOS SOLES
2203.00.00.00 Cerveza S/ 2,51 por litro
2402.20.10.00/ 2402.20.20.00 Cigarrillos de tabaco negro y

Cigarrillos de tabaco rubio

S/ 0,37 por cigarrillo
2403.99.00.00 Sólo: Tabaco o tabaco reconstituido, concebido para ser inhalado por calentamiento sin combustión. S/ 0,31 por unidad
2208.20.21.00 Pisco S/ 2,48 por litro

Con relación al literal D, que se refiere a los productos sujetos alternativamente al sistema específico (monto fijo), al valor o al valor según precio de venta al público:

BIENES SISTEMAS
PARTIDAS ARANCELARIAS PRODUCTOS GRADO ALCOHÓLICO LITERAL B DEL NUEVO APÉNDICE IV – ESPECÍFICO (MONTO FIJO)
2204.10.00.00/ 2204.29.90.00 2205.10.00.00/ 2205.30.00.00 2206.00.00.00 2208.20.22.00/ 2208.70.90.00 2208.90.20.00/ 2208.90.90.00 LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS  0°HASTA 6°

Más de 6° hasta 12°

Más de 12° hasta 20°

Más de 20°

S/1,33 por litro

S/2,68 por litro

S/2,89 por litro

S/3,97 por litro

 

Link deRM 030-2024-EF.15

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