Dicen que tú y yo estamos locos, Lucas
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Escena 1: El ejecutivo dicta un Régimen de Fraccionamiento que alcanza sólo valores emitidos por SUNAT, partiendo de la cuestionable premisa que los contribuyentes impugnan para «parquear deudas» y dilatar el pago. Lo hace con tres posibles modalidades de acogimiento y vigencia hasta el 20 de diciembre.
Escena 2: Al Congreso se le ocurre prorrogar ese plazo y lo hace en una disposición final de la Ley del Presupuesto, que no debe contener normativa tributaria y que, además, entra en vigencia el 1 de enero de 2025, cuando el plazo inicial ya venció, generando cuestionamientos a su constitucionalidad y a la técnica legislativa.
Escena 3: El Congreso emite una segunda norma como parche, esta vez ley normal, disponiendo que el acogimiento a la modalidad al contado y la presentación de la solicitud de acogimiento, pueden hacerse hasta el 28 de febrero. Previniendo conflictos normativos, agrega que esta norma tiene prevalencia sobre cualquier otra que regule prórrogas.
Escena 4: SUNAT emite un comunicado diciendo que todas las modalidades de acogimiento están hábiles hasta el 28 de febrero.
Escena 5: Las redes se inundan de interpretaciones para tratar de darle sentido al sin sentido:
– Para algunos, que la segunda norma permita la presentación de la solicitud hasta el 28 de febrero habilita todas las modalidades, porque lo hace remitiendo a un artículo que alude a todas ellas.
– Para otros, me incluyo, eso quitaría todo sentido a la referencia expresa a la modalidad al contado y confunde sustancia (posibilidad de acogimiento) con forma (presentación de solicitud).
– Otros, en paralelo, consideran no derogada la Ley del presupuesto, porque no hay derogatoria expresa y porque la segunda norma es especial y no general. Además, discuten que sea inconstitucional. Ergo, concluyen que todas las modalidades están hábiles.
Hay más lecturas y por tanto caos e incertidumbre, ante lo que surge la pregunta: ¿estamos todos locos, Lucas? ¿de verdad buscamos encontrarle un sentido jurídico correcto a todo esto, con lo que hay? Teorizar sobre posibles lecturas y adoptar una como la correcta, olvidando que la situación es fruto un cúmulo de horrores de técnica legislativa, es un riesgo. Obviamente, algo mal hecho y parchado va a dar lugar a lecturas diferentes, la verdadera pregunta es qué recomendamos a un cliente ante el caos. Claramente, lo conservador es asumir que la única modalidad vigente es al contado y que las otras modalidades tienen un grado de riesgo que debe ser considerado, junto con las otras circunstancias de cada cliente particular.
Sin perjuicio de eso, haría mucho bien el Estado en ordenarse y coordinar entre entidades para, ante el caos desatado, dar un mensaje claro y único, la estabilidad y predictibilidad que requiere un buen clima de negocios, lo demandan.
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