¿Cómo así el pago hecho por Credicorp es parte de una estrategia de SUNAT para evitar litigios?

Francamente no entendí lo declarado por la Superintendenta, menos aún cuando la empresa hace el pago pero anuncia públicamente que recurrirá a las vías legales.

Es claro que considera un logro institucional el que las empresas paguen antes de reclamar y eso se entiende, para cualquiera es mejor discutir sobre plata siendo el que la tiene en el bolsillo, pero eso no supone reducir litigios que, en sus propias palabras, pueden durar entre 5 y 20 años.

Lo cierto es que el sistema legal peruano está hecho para incentivar el pago previo al reclamo, hay rebajas en multas, dejan de correr intereses y se habilita la presentación de pruebas que pudieran no haber sido presentadas en fiscalización. Cuando una empresa decide reclamar una acción de SUNAT, una decisión estratégica a tomar es hacerlo o no con el pago previo de la deuda, lo que dependerá más de circunstancias financieras de la propia empresa (perder la disponibilidad de ese dinero y el tiempo que durará esa pérdida como principales factores) que de incentivos legales o de acciones de SUNAT.

Es más, como comentamos hace poco aquí: https://lnkd.in/giw6UZpt , si en esa evaluación estratégica hay algo que puede minimizar la ventaja de los incentivos legales al pago previo al reclamo, es la actitud que toma SUNAT ante las devoluciones, muy distinta en criterios y manejo de proceso que la que adopta al cobrar, lo que se traduce en litigios para obtener la devolución que no solo no se evitan, sino que terminan siendo más largos aún. En ese caso comentado, por un monto muchísimo menor al de Credicorp, 11 años despues la empresa solo ha obtenido una orden de la Corte para que el Tribunal Fiscal se vuelva a pronunciar. Por la dimensión de esta deuda, el camino para Credicorp puede ser muy largo y tortuoso.

Sin embargo, algo que parece olvidar la Superintendenta es que un reclamo como el anunciado por Credicorp, al final de ese largo camino, puede culminar con una orden de devolución que supondrá intereses en favor del contribuyente, intereses que desde hace un tiempo ya son equivalentes a los que cobra SUNAT por demora en el pago, es decir, 10.8% anual, porcentaje nada bajo. El logro que festeja hoy puede tener un costo grande para el Estado en un futuro, pero claro, eso será en muchos años.

Para más detalles del caso, hicimos comentarios aquí: https://lnkd.in/eN_yT4tc y aquí: https://lnkd.in/grC4P7db

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LINK: https://lnkd.in/gxveniwu

ZUZUNAGA & ASSERETO ABOGADOS