MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS Y EL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN ADUANERO ESPECIAL DE ENVÍOS DE ENTREGA RÁPIDA |
Decreto Supremo N°292-2023-EF
FECHA DE PUBLICACIÓN: 21.12.2023
FECHA DE VIGENCIA: 21.12.2023
El día 21 de diciembre de 2023, se publicó el Decreto Supremo N°292-2023-EF que modifica el Reglamento de la Ley General de Aduanas (RLGA) y el Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Envíos de Entrega Rápida, en los siguientes aspectos:
– | Permitir a las empresas de servicio de entrega rápida (ESER) brindar el servicio de almacenamiento en un depósito temporal o en el local de otra ESER. |
– | Autorizar al agente de carga internacional a solicitar el régimen de transbordo y realizar el despacho aduanero correspondiente cuando se trate de las mercancías consignadas en el manifiesto de carga desconsolidado con destino al exterior. |
– | Autorizar al transportista o su representante en el país a realizar el despacho aduanero cuando se trate del transbordo de mercancías consignadas en el manifiesto de carga con destino al exterior. |
– | Se regula la transmisión de información del registro de nombres de pasajeros en la vía aérea por parte del transportista o su representante a la SUNAT, de manera electrónica. |
– | Se establece que el plazo para transmitir la información vinculada con el ingreso y recepción de la mercancía es dentro de las seis horas siguientes del ingreso al local de la ESER (antes era dentro de las doce horas siguientes al término de la descarga). |
– | Se establece que la ESER que cuente con una autorización para operar vigente debe cumplir con adecuarse a lo dispuesto por esta norma hasta el 31 de diciembre de 2023. |
Link: DS 292-2023-EF – LGA