Paga y sales libre de cárcel
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No, no es una partida de Monopolio, aunque la Amnistía Tributaria se parezca a que le regalen la bendita tarjeta de salida a quien haya caído en esa pesada esquina.
Y es que, al revisar el reglamento publicado 3 días antes del vencimiento del plazo para acogerse, resulta difícil dejar de notar algunos detalles.
Sabemos desde la Ley que en este régimen se perdona no sólo el delito tributario o aduanero, como fue en el régimen del 2015, sino también el lavado de activos asociado.
El lavado de activos es un delito que consiste, básicamente, en ocultar o disimular el origen de los activos, para darles apariencia legal.
Pues resulta que, conforme al reglamento adjunto, luego del acogimiento la SUNAT tendrá un año para requerir el sustento documentario de lo declarado. Quienes se acojan pueden señalar dinero, bienes o derechos situados en distintos lugares y colocados de distintas formas, como representativos de la renta no declarada, o pueden simplemente acogerse por incremento patrimonial no justificado, es decir, por desbalance patrimonial.
Si señalan dinero, bienes o derechos, deberán tener como sustento una serie de documentación que SUNAT puede pedir, incluyendo la relativa al origen de las rentas respectivas, pero, he aquí el detalle, si no cuentan con esta última pueden, simplemente, presentar una comunicación con carácter de declaración jurada.
En el caso del incremento patrimonial no justificado la norma es más frontal aún y dispone expresamente que no se requiere justificar la procedencia del incremento patrimonial.
Declara, paga y sal libre, incluso deudas prescritas, y olvídate del origen de las rentas, eso no es un tema.
Declara y paga, SUNAT solo puede pedir dentro del año información relativa a la titularidad del dinero, bienes o derechos y a su costo.
Declara y paga reducido, si luego viene SUNAT a auditarte el 2022 o años previos, cualquier acotación la puedes explicar con el monto acogido al régimen, hasta su límite.
Declara y paga algo antes de mañana 29 de diciembre, siempre puedes rectificar por errores materiales luego para agregar más cosas hasta junio de 2025.
¿Cómo? ¿que si es broma por el día de los inocentes? … parece, pero no.
LINK: DECRETO SUPREMO Nº 285-2024-EF